Durante años fue el funcionario encargado de esclarecer el crimen de Paulina Lebbos. Tenía a su cargo una de las investigaciones más sensibles de la historia judicial tucumana. Sin embargo, una sentencia concluyó que no sólo fracasó en esa tarea, sino que contribuyó activamente a impedir el descubrimiento de la verdad. Carlos Ramón Albaca se convirtió en un caso excepcional dentro del expediente Lebbos: pasó de investigador a condenado. Su caída sintetiza buena parte de las críticas institucionales que atravesaron la causa durante veinte años.

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Cuando se repasa la historia judicial del caso Lebbos, la figura de Carlos Ramón Albaca aparece inevitablemente asociada a uno de los capítulos más controvertidos del expediente. A diferencia de los policías y funcionarios políticos que fueron condenados por las maniobras ocurridas alrededor del hallazgo del cuerpo, Albaca ocupaba otro lugar dentro del sistema. Era fiscal. Su función no consistía en preservar la imagen de una institución ni administrar una fuerza de seguridad. Su responsabilidad era investigar un homicidio y reunir pruebas para identificar a sus responsables. Por eso su condena terminó adquiriendo una dimensión institucional distinta.

El expediente que años después lo llevaría al banquillo nació dentro de la propia causa Lebbos y fue alimentándose a medida que se acumulaban cuestionamientos sobre la forma en que se había conducido la investigación. Las críticas no provenían únicamente de la querella encabezada por Alberto Lebbos. Con el tiempo comenzaron a aparecer observaciones de organismos de control, actuaciones administrativas y resoluciones judiciales que advertían irregularidades cada vez más difíciles de explicar.

La propia Corte Suprema de Justicia de Tucumán ordenó en su momento la instrucción de un sumario administrativo relacionado con la actuación del fiscal. Aquella decisión terminó convirtiéndose en uno de los antecedentes que posteriormente alimentaron la investigación penal. La sentencia que finalmente condenó a Albaca por encubrimiento agravado describe un panorama particularmente severo. Los jueces concluyeron que el ex fiscal desarrolló una conducta orientada a obstaculizar el descubrimiento de la verdad. No se trató, según el fallo, de errores de apreciación, diferencias de criterio o decisiones procesales discutibles. La resolución habla de un accionar doloso. Es decir, de conductas ejecutadas con conocimiento de sus consecuencias y orientadas a producir determinados efectos sobre la investigación.

CARLOS ALBACA. El ex fiscal de Instrucción fue condenado por su actuación en el caso

Los magistrados consideraron probado que Albaca ocultó rastros y evidencias relevantes para el esclarecimiento del crimen. También sostuvieron que dejó de impulsar medidas que resultaban necesarias para avanzar sobre distintas hipótesis investigativas. Pero quizá el aspecto más grave señalado en la sentencia fue la paralización de líneas de investigación consideradas relevantes.

Según el fallo, una de esas líneas permaneció virtualmente congelada durante aproximadamente siete años. Para los jueces, aquella inacción no podía justificarse a partir de razones técnicas ni procesales. Por el contrario, entendieron que tuvo consecuencias concretas sobre las posibilidades de reconstruir lo ocurrido. La sentencia sostiene expresamente que esas conductas contribuyeron a impedir el descubrimiento de la verdad.

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Esa frase aparece una y otra vez a lo largo de la resolución. No se habla simplemente de demoras. No se habla únicamente de falencias investigativas. Se habla de una conducta que terminó favoreciendo la impunidad.

Uno de los aspectos más llamativos del fallo es la descripción de las prioridades que tuvo la investigación durante aquellos años.

Los jueces cuestionan determinadas decisiones adoptadas por Albaca y observan que se avanzó sobre aspectos vinculados a la vida privada de Paulina mientras quedaban sin profundizar otras líneas relacionadas con posibles sospechosos.

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La sentencia llega incluso a formular una crítica especialmente dura al señalar que el fiscal mostró interés en analizar cuestiones vinculadas a la víctima mientras no desplegó la misma intensidad investigativa respecto de quienes podían estar involucrados en el crimen. Esa valoración ocupa un lugar importante dentro de la reconstrucción judicial porque permite comprender la lógica con la que el tribunal interpretó la actuación del ex funcionario. Otro punto relevante aparece vinculado con distintas medidas probatorias que, según la sentencia, nunca fueron impulsadas o fueron desarrolladas de manera insuficiente.

El fallo menciona omisiones relacionadas con estudios genéticos, análisis de evidencia y profundización de determinadas hipótesis que figuraban dentro del expediente. También se hace referencia a la falta de avance sobre elementos que podían resultar relevantes para esclarecer los hechos.

En varios tramos de la resolución se observa una misma idea. El problema no fue únicamente aquello que se hizo. El problema fue también aquello que deliberadamente se dejó de hacer. Esa diferencia resulta central para entender la condena. Los jueces no describen simplemente una investigación deficiente. Describen una investigación orientada de manera tal que determinadas líneas nunca alcanzaran a desarrollarse plenamente.

La figura de Albaca aparece además vinculada a otra cuestión que atraviesa toda la causa Lebbos: la construcción de hipótesis que desviaban el foco de la investigación. Mientras algunas líneas avanzaban sin resultados concretos, otras quedaban relegadas o directamente paralizadas.

La sentencia interpreta ese fenómeno como parte de un mismo proceso destinado a impedir que la investigación llegara a determinadas conclusiones. Las consecuencias institucionales fueron enormes.

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Por primera vez en la historia del caso, la Justicia ya no estaba juzgando a policías acusados de alterar pruebas o a funcionarios políticos sospechados de encubrimiento. Estaba juzgando a uno de los operadores judiciales que tenía la obligación constitucional de investigar el crimen. Por eso el fallo incorpora conceptos especialmente severos. Entre ellos aparece una expresión que resume buena parte de las conclusiones de los magistrados: "negación del servicio de justicia". La fórmula no es menor. Implica sostener que el sistema judicial dejó de cumplir una de sus funciones esenciales. Y que esa omisión produjo consecuencias concretas sobre el derecho de las víctimas a conocer la verdad. La sentencia también analiza el impacto que esas conductas tuvieron sobre la familia de Paulina. Los jueces entienden que la falta de respuestas no fue producto únicamente del paso del tiempo o de las dificultades propias de una investigación compleja.

Por el contrario, sostienen que determinadas decisiones contribuyeron directamente a frustrar la posibilidad de obtener justicia. Esa valoración explica por qué el fallo avanzó más allá de la condena penal.

La resolución responsabilizó también al Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán por los daños derivados de esa actuación irregular. En consecuencia, Albaca y el Estado provincial fueron condenados solidariamente a reparar el daño moral ocasionado a Leticia Victoria Nieva, hija de Paulina. La decisión tiene un fuerte contenido simbólico. No sólo reconoce la existencia de una conducta penalmente reprochable. También admite que esa conducta produjo daños concretos sobre quienes esperaban respuestas del sistema judicial.

La figura de Alberto Lebbos atraviesa buena parte de esta historia. Las sentencias recuerdan sus denuncias, sus reclamos y sus cuestionamientos a la actuación de quienes tuvieron en sus manos la investigación. También mencionan los obstáculos que enfrentó durante años para impulsar determinadas medidas y sostener líneas investigativas que luego adquirirían relevancia.

Con el paso del tiempo, muchas de aquellas críticas terminaron apareciendo reflejadas en resoluciones judiciales.

La condena contra Albaca terminó convirtiéndose así en uno de los capítulos más extraordinarios del caso Lebbos. No solamente porque implicó la caída de un fiscal. Sino porque representó el reconocimiento judicial de que parte de las respuestas que la familia buscó durante años quedaron bloqueadas desde el mismo lugar donde debían ser construidas. A veinte años del crimen de Paulina Lebbos, la sentencia contra Carlos Albaca deja una conclusión difícil de ignorar. La Justicia no logró identificar a los autores del homicidio. Pero sí concluyó que uno de los funcionarios encargados de encontrarlos contribuyó a que esa verdad permaneciera oculta. Y esa constatación explica por qué la condena del ex fiscal ocupa un lugar tan singular dentro de toda la historia judicial del caso. No fue la condena de un sospechoso externo a la investigación. Fue la condena de quien tenía la responsabilidad de conducirla.